696 377 543
info@barbaadvocats.com
  • Català
  • Español

LA VACUNA DEL COVID Y LOS HIJOS MENORES DE EDAD

La decisión de administrar la vacuna del COVID al hijo menor de edad puede convertirse en un conflicto de potestad parenteral cuando uno de los dos progenitores piensa que se tiene que vacunar al menor, y el otro progenitor se niega a que se le administre la vacuna. Más en aquellos casos en que, después del divorcio o separación, no existe una buena relación entre los progenitores.

En estos caso será necesaria la intervención de un juez que, en aplicación del artículo 236.13 del CCCat, y después de escuchar a ambos progenitores, y siempre pensando en el interés superior del menor, atribuirá a uno de los dos progenitores la facultad para decidir si se tiene que vacunar al menor. 

Teniendo en cuenta que la vacunación en nuestro país es voluntaria, frente a este tipo de peticiones, la tendencia de los jueces esvalorar si la comunidad médica ha considerado que existe o no un problema de salud publica que exige adoptar medidas de protección para erradicar enfermedades peligrosas, y por otro lado los riesgos en relación al menor en concreto, y el efectos adversos que se han considerado.

No hay comentarios

Agregar comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *